Derivados
Centro de ayuda 30 septiembre 2022

Contratación de Warrants y otros productos cotizados

¿Cómo activar la contratación de Warrants?

Si eres cliente de Renta 4 Banco y no puedes acceder a la página de contratación "Warrants y Otros", deberás renovar tu contrato, contactando con el departamento de atención al cliente (900 92 44 54 / 91 398 48 05 / clientes@renta4.es) o con tu asesor personal.

Es imprescindible que Renta 4 Banco reciba tu contrato debidamente firmado y cumplimentado para que puedas empezar a operar en Warrants y Renta 4 Directo +.

 

¿Cómo configurar la página?

La nueva página de contratación se abre a pantalla completa pero el usuario puede reducir el tamaño de la pantalla, y el contenido se irá adaptando automáticamente. A partir de ahí, podemos personalizar la vista desde la opción Personalizar de la esquina superior derecha utilizando una de las plantillas disponibles o creando una nueva vista.

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En el caso de que busquemos una visualización lo más parecida a lo actual, recomendamos seleccionar la configuración “Original” con tema claro.

Además, las distintas secciones se pueden ampliar, reducir o cambiar de posición en función de las necesidades de cada usuario. En la siguiente imagen, se muestran las principales opciones de configuración de la ventana.

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Mercados disponibles

Renta 4 ofrece dos tipos distintos de contratación de Warrants:

  1. Contratación en el mercado (Bolsa nacional)
  2. Operativa fuera de mercado negociado (Renta 4 Directo +)

Renta 4 Directo + es una plataforma electrónica exclusiva para la negociación fuera de mercados organizados (OTC) de más de 12.000 Warrants y otros productos cotizados del emisor Société Générale, emitidos en la Bolsa de Madrid o en otros mercados. La contraparte de estas operaciones será siempre el emisor (Société Générale). Para saber más sobre la plataforma Renta 4 Directo +, consulta el artículo "Invertir en Warrants".

 

Cómo introducir una orden

Para introducir una orden debemos rellenar todos los campos del formulario de contratación:

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  • Sentido de la orden: Compra o Venta
  • Títulos: volumen o número de títulos sobre los que deseas operar
  • Warrant: código del valor. Si no lo conoces, utiliza el buscador. Si previamente seleccionas un subyacente en la pestaña Subyacentes R4D+, el subyacente se carga en los filtros de búsqueda.

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  • Mercado: BME (para operar en la bolsa nacional) o R4D+ (para operar en Renta 4 Directo Plus)
  • Tipo de orden (en BME solo disponible orden limitada)
  • Cambio: precio máximo al que estamos dispuestos a comprar o precio mínimo al que estamos dispuestos a vender, en el caso de órdenes limitadas. Para introducir un precio con decimales, utilice el signo "." que está al lado de los números en tu teclado.
  • Condiciones para las órdenes stop, condición de activación del mismo:
    • Mayor o igual que: la orden se enviará al mercado cuando el precio de la última operación negociada sea igual o superior al precio de disparo
    • Menor o igual que: la orden se enviará al mercado cuando el precio de la última operación negociada sea igual o inferior al precio de disparo
    • Precio de disparo: precio que debe tocar la cotización del activo subyacente para que la orden stop se envíe al mercado
  •  Fecha de vencimiento: si no se indica nada en este campo, la orden tendrá validez durante la sesión actual y, si no se ha ejecutado al término de la misma, se cancelará. En el caso de las órdenes stop loss, es posible ampliar la fecha validez de la orden hasta un máximo de 90 días naturales.
  • Restricciones, disponibles para órdenes limitadas o a mercado en la plataforma Renta 4 Directo plus:
    • Todo o nada (fill or kill): las órdenes marcadas con esta opción se ejecutan en su totalidad al precio introducido (o a un mejor precio) o quedan automáticamente anuladas.
    • Ejecutar y anular: Las órdenes marcadas con esta opción sirven para atacar el mercado (normalmente con un número importante de títulos), haciéndose tantos títulos como existan en el mercado hasta el precio máximo introducido y anulándose el volumen restante. Es decir, que no dejará dinero pendiente en las compras, ni papel pendiente en las ventas.

 

Tipos de órdenes

En el caso de operar en Warrants cotizados en la bolsa española, solo estarán disponibles las órdenes limitadas y los stops limitados.

 

Orden limitada

El cliente fija un precio máximo de compra o un precio mínimo de venta. Para introducir un precio con decimales, utiliza el signo "." que está al lado de los números en tu teclado. Si introduces una orden de este tipo a un precio peor que las posiciones contrarias no te aseguras de que la orden se ejecute, pero sí te aseguras de que, en caso de ejecutarse (total o parcialmente), se hará a ese precio o a uno más favorable. La orden se almacena en el sistema hasta su total ejecución, hasta que se anula o hasta que finaliza la sesión.

Orden a mercado

La orden "barre al mercado", es decir, irá contra todas las posiciones contrarias hasta completar el número de títulos. Con este tipo de orden no te aseguras el precio al que se ejecuta la orden ni que se ejecute a un único cambio. Si eliges este tipo de orden, no debes rellenar nada en el campo "Cambio", porque el precio de ejecución dependerá de las posiciones opuestas en mercado. Este tipo de órdenes solo están disponibles en Renta 4 Directo.

Stop limitado

El cliente fija un precio de disparo (condición de activación) y un precio límite (Cambio). Cuando el precio de mercado iguale o rebase el precio de disparo, se emitirá una orden al precio límite por el volumen solicitado. Este tipo de orden (stop loss) es independiente de otras órdenes de compra o venta y su cancelación ha de ser expresa.

Stop a mercado

El cliente fija únicamente un precio de disparo (condición de activación). Cuando el precio de mercado iguale o rebase el precio de disparo, se emitirá una orden a mercado por el volumen solicitado. Si eliges este tipo de orden no debes rellenar el campo "Cambio", porque el precio de ejecución dependerá de las posiciones opuestas en mercado una vez que la orden sea lanzada al mercado. Este tipo de orden (stop loss) es independiente de otras órdenes de compra o venta y su cancelación ha de ser expresa. Solo están disponibles en Renta 4 Directo.

O.C.O.

Las órdenes O.C.O (One Cancel Other) son una combinación de dos órdenes vinculadas, una orden limitada y un stop, de modo que la ejecución total o parcial de una de ellas cancela automáticamente la otra. Existen dos tipos:

  1. Orden O.C.O. de compra: introducimos una orden de compra limitada y un stop loss de compra (a mercado o a precio limitado), de forma que la ejecución de una de las dos órdenes anula la otra

  2. Orden O.C.O. de venta: introducimos una orden de venta limitada y un stop loss de venta (a mercado o a precio limitado), de forma que la ejecución de una de las dos órdenes anula la otra.

Por ejemplo, si tenemos comprado el valor XXX a un precio de 100 euros, podemos poner una orden O.C.O de venta, de modo que se cierre la posición si la cotización del valor alcanza los 110 euros (venta limitada a 110 euros) o si desciende a 90 euros (stop de venta a mercado con precio disparo 90 euros), de modo que la ejecución de una de ambas órdenes anulará la otra.

Es importante tener en cuenta a la hora de introducir una orden que el último precio que aparecerá en la pestaña de contratación es:

  • El último precio al que se ha cruzado una orden en el mercado para valores cotizados en la Bolsa española.
  • El último precio de venta cotizado para valores de negociación exclusiva en Renta 4 Directo +.

Asimismo, recomendamos el uso de órdenes limitadas puesto que hay productos en los que en la formación del precio solo estará el especialista, y si por alguna razón no estuviera (situaciones excepcionales de mercado) podría haber horquillas muy amplias.

Además, a diferencia de las acciones, en los Warrants pueden producirse cruces en todos los niveles de precio (puede cruzarse a 0,30 y después a 0,60).

Para introducir una orden O.C.O., deberá seleccionar en Tipo de orden “O.C.O” y el precio límite (solo disponible con órdenes limitadas), y en la fila inferior del formulario los siguientes campos:

  • Precio disparo: precio que debe tocar la cotización del producto para que la orden stop se envíe al mercado como orden limitada o a mercado (en función de si su orden es un stop limitado o un stop a mercado). Para órdenes de compra en stop, la orden se enviará al mercado cuando el mejor precio de venta disponible sea igual o inferior (en stop a la baja) o igual o superior (en stop al alza) al precio de disparo. Para órdenes de venta en stop, la orden se enviará al mercado cuando el mejor precio de compra disponible sea igual o inferior (en stop a la baja) o igual o superior (en stop al alza) al precio de disparo.
  • P.Stop loss: introduce el tipo de stop loss que desea introducir en el mercado junto a la orden de compra o venta limitada: a mercado o limitado. En el caso de que selecciones stop loss a precio limitado, deberás rellenar también el campo “Cambio” con el precio límite de la orden stop loss.
  • Fecha vencimiento: si no indicas nada en este campo, la orden tendrá validez durante la sesión actual y, si no se ha ejecutado al término de la misma, se cancelará. En el caso de las órdenes stop loss, es posible ampliar la fecha validez de la orden hasta un máximo de 90 días naturales.

 

Listado de órdenes

En la caja Órdenes realizadas podemos consultar en todo momento el listado de órdenes.

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Todas las órdenes introducidas se pueden cancelar, siempre y cuando no se hayan ejecutado previamente. Para cancelar una orden, pulsa en el icono correspondiente en el listado de órdenes y confirma la cancelación de la misma.

Si la orden se puede modificar, en el listado aparecerá un icono verde con un lápiz a la derecha de las características de la orden correspondiente.

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Al pulsar en esta opción, se despliega un nuevo formulario para realizar los cambios en la orden. Una vez hayas finalizado, pulsa en OK y sigue las instrucciones. 

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Si pulsamos en Cancelar desde la pantalla anterior, la orden se mantendrá sin las modificaciones.

 

Ejecuciones parciales en Renta 4 Directo Plus

Desde el 1 de febrero de 2022, se pueden ejecutar parcialmente las órdenes a través de Renta 4 Directo Plus, de modo que se podrá solicitar la compra/venta de más títulos que los que cotice el emisor (SG) y, si están en precio, se irán ejecutando. Hasta esta fecha solo se podía negociar, en una orden, los títulos máximos con los que contribuyera el emisor (SG), en caso contrario la orden podría ser rechazada o simplemente no ejecutada.

AVISO IMPORTANTE: Esta ejecución parcial puede tardar 5 minutos o más, ya que el emisor (Société Générale) tendrá que reponer títulos (como en BME, regla bursátil del mercado).

 

¿En qué estados puede encontrarse una orden?

Las órdenes se pueden encontrar en los siguientes estados:

  • EN (Enviada a Bolsa): la orden está en mercado, y si entra en precio se ejecutará.
  • EC (Enviada cancelación a Bolsa): la petición de cancelación ha sido cursada, y la cancelación está pendiente de la confirmación del sistema.
  • PE: Pendiente de ejecución
  • EJ (Totalmente ejecutada): la orden se ha hecho en su totalidad (es decir, todas las acciones que se mandaron comprar o vender se han cruzado en mercado).
  • PJ (Ejecutada parcialmente): del total de títulos puestos a a compra o a la venta,, una parte se ha ejecutado pero otra no. La parte que no se ha ejecutado sigue en mercado.
  • ER (Errónea): la orden no se puede tramitar
  • RE (Rechazada): la orden se ha rechazado, normalmente porque el importe supera el límite operativo.
  • CA (Cancelada): la orden ya no está en mercado. Este estado es el que sigue a EC
  • OA (Orden para la próxima sesión): la orden se introducirá en Mercado al inicio de la siguiente sesión.
  • OM (Modificación para la próxima sesión): la modificación se realizará al inicio de la siguiente sesión.
  • OC (Cancelación para la próxima sesión): lau orden se cancelará al inicio de la siguiente sesión.
  • ME: Modificación errónea.
  • CE: Cancelación errónea.
  • CM: Confirmación de modificación.

Tipología de productos

Para consultar las características de cada tipo de producto, consulta el artículo "Invertir en Warrants".

 

Información importante sobre las órdenes stop

Un descenso en el valor del Warrant no asegura que la orden stop loss se dispare. Es posible que el subyacente se mueva desfavorablemente para la posición tomada sin que se produzcan cruces en el Warrant. Sólo el cruce de operaciones en el warrant al precio del stop loss o por debajo de este disparará el stop.

El Mercado podrá rechazar las órdenes de compra/venta o ejecución de stops por motivos ajenos a Renta 4 (en periodo de asignación de títulos, subasta...), por lo que Renta 4 no se responsabiliza de dichas actuaciones.

Una orden stop loss se enviará al mercado cuando el precio del último cruce informado cumpla la condición de activación. Cuando se cumple dicha condición la orden no está todavía en el mercado. En el periodo que transcurre desde la condición cumplida, hasta que la orden está en el mercado el precio puede haber variado sustancialmente. Por tanto, Renta 4, no se hace responsable de ningún modo del precio de ejecución de la orden en el mercado, o la no ejecución de la misma.

Asimismo, debido a que las órdenes stop loss no son un instrumento ofrecido por el propio mercado sino que se construyen internamente (por Renta 4) en base a la información recibida por un proveedor de difusión de información financiera, Renta 4 no se hace responsable en ningún modo del precio de ejecución de la orden en el mercado, o la no ejecución o incorrecto funcionamiento de la misma por posibles fallos en la información del proveedor de información financiera.

 

Aviso importante

Cualquier anomalía observada en relación a la introducción o ejecución de las órdenes deberá ser puesta en conocimiento de Renta 4 en el menor plazo posible.

El Mercado podrá rechazar las órdenes de compra/venta o ejecución de stops por motivos ajenos a Renta 4, por lo que Renta 4 no se responsabiliza de dichas actuaciones.